LEY DE QUIEBRA
Cuando tienes dos o más deudas que suman desde 80UF, con una morosidad superior a los 90 días y tienes la intención de pagarlas, pero no cuentas con los recursos necesarios para hacerlo, la Ley de Quiebra o Ley 20720 puede favorecerte porque te ayuda a eliminar las obligaciones financieras frente a cualquier acreedor o a generar nuevos acuerdos de pago. En Asesoría Deudores te ayudamos a realizar todos los procesos judiciales que la Ley de Quiebra exige.

¿Cómo acogerse a la Ley 20720?
Si cumples con los requisitos mencionados anteriormente, lo primero que debe hacerse para ampararse en la Ley de Quiebra es solicitar la Liquidación Concursal Voluntaria o Quiebra ante los Juzgados Civiles. Después de esto la Ley ofrece dos opciones:
- Liquidación Concursal para declararse en quiebra y eliminar tus antecedentes comerciales (DICOM).
- Renegociación Concursal para llegar a nuevos acuerdos de pago de forma directa con la SUPERIR (Superintendencia de Reorganización y Reeprendimiento).
No te preocupes, nosotros te asesoramos para saber cuál es la opción que más te conviene.
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